Es esencial tener un contrato con tu cuidador para tener cubiertas todas las contingencias que puedan surgir, así también para darle seguridad laboral al cuidador y evitar multas por parte de la administración.

Existen tres principales problemas legales en el caso de incumplir del Régimen Especial de Empleadas de Hogar. Dichas infracciones y sus sanciones correspondientes aparecen recogidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

  1. Multas por no pagar las cotizaciones: Existe la obligación de dar de alta al cuidador en la Seguridad Social, aunque empleado y empleador pueden llegar a un acuerdo acerca de quién se hace responsable de las cuotas (siempre que el número de horas de trabajo mensuales sea inferior a 60). Trabajar sin estar dado de alta puede suponer una sanción entre 751 y 7.500 euros, si el infractor regulariza la situación por voluntad propia, y de entre 7.501 y 12.000 euros si la regularización se produce tras una inspección de trabajo.
  2. Multas por las cuotas dejadas de percibir: al detectarse cualquier irregularidad en el pago de cuotas, las Seguridad Social puede reclamar los pagos no percibidos durante el tiempo que ha durado la relación laboral (con carácter retroactivo a los 4 años anteriores), aplicando recargos de hasta el 20%.
  3. Multas por no tener permiso de trabajo: trabajar en España sin los permisos obligatorios en vigor o en situación irregular supone una multa de desde los 7.501 a los 225.018 euros.

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