La baja voluntaria es un aviso que da el cuidador al empleador en la cual comunica, tanto de forma escrita como oral, que rescinde la relación laboral que los une. Para que esta tenga efecto, la carta deberá ser presentada con 15 días de antelación tal como marca el convenio de empleados del hogar.
La principal característica de esta figura es otorgarle una vía al trabajador para que pueda finalizar voluntariamente un contrato laboral.
En esta situación si a la familia le interesa retener al cuidador en el puesto de trabajo podrá hacer una contraoferta salarial o intentar resolver el problema por el cual ha decidido tomar esta decisión.
Las 4 claves de la baja voluntaria:
- Se debe dar aviso formal con quince días naturales de antelación.
- Aunque se trate de una baja voluntaria, las familias deberán abonar el finiquito correspondiente.
- Es reversible, siempre dentro de los 15 días naturales.
- Si desea volver a trabajar con el empleador, se deberá firmar un nuevo contrato.
¿El cuidador tiene derecho al paro con una baja voluntaria?
La respuesta es no, el sistema que protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero no tienen empleo.
No obstante, en el caso de que después encuentre un nuevo trabajo y no logre superar el período de prueba establecido, la Ley General de la Seguridad Social establece que el trabajador solamente va a poder solicitar la prestación por desempleo si han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria.