Actualización 2024: ¿Cuánto cuesta contratar a un cuidador de personas mayores en 2024?
Una relación laboral es compleja pero la ley contempla diferentes situaciones, por tanto si se encuentra en una decisión de despido o por fuerza mayor le explicamos los tipos de despido para proceder de forma correcta y como establece la ley:
Tipos de despidos e indemnización de los empleados del hogar:
1. Desistimiento del empleador
El empleador puede, sin la necesidad de indicar una causa, extinguir la relación laboral abonando al trabajador una indemnización de 12 días por año trabajado con el límite de 9 mensualidades. Además, se deberá de realizar un preaviso de 20 días en caso de que la relación laboral supere el año de duración, o de siete días en caso contrario. Si el preaviso no se cumple, se deberá de abonar un día de salario por cada día de ausencia de preaviso. La indemnización debe abonarse en el momento que se comunica la extinción de la relación laboral en metálico.
2. Despido disciplinario
Este tipo de despido debe constar siempre por escrito con una carta dirigida a la cuidadora en la que se detallen los motivos del mismo. Causas que pueden justificar el despido disciplinario serían:
- Pequeños hurtos ( difícil demostrar)
- Ausencias no justificadas
- Impuntualidad reiterada
- Alguna negligencia grave
El despido debe hacerse por escrito, en esta cara, tendrás que detallar todos los hechos, todo sirve de prueba: indicación del día y la hora de los hechos, de los testigos y sus declaraciones.
También debes indicar en la carta la fecha exacta de los efectos del despido, es decir, desde qué día se está despedido. Lo normal en estos casos es que sea el mismo día o el día siguiente a la entrega de la carta.
Este despido es sin derecho a una indemnización ni necesidad de preaviso.
3. Fin de contrato temporal
En el momento de la extinción de la relación laboral, el trabajador tiene derecho a una indemnización de doce días por año trabajado. Por lo tanto, la indemnización es la misma que en caso de un contrato indefinido
4. Por fallecimiento del empleador
Puede ocurrir que la persona cuidada fallezca, por tanto se aplica la normativa general sobre extinción del contrato. Por tanto, se extingue el contrato por fallecimiento del empleador el trabajador tendría derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario (artículo 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores), con independencia de la antigüedad que tenga.
¿Cómo se debe proceder el despido?
- Hacer el preaviso con días de antelación, según el despido.
- Se debe comunicar siempre por escrito.
- Indemnizar al cuidador
*Si el trabajador no está conforme con el despido realizado tiene un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo ante los tribunales.
Todos los detalles de contratación se puede acceder en la página del Ministerio de Trabajo y Economía Social
¿Qué es el finiquito?
Siempre que se produce la extinción de la relación laboral, independientemente de la causa y el procedimiento que se siga, el trabajador tiene derecho al finiquito. Que es el documento que se entrega al empleado del hogar el último día del servicio, donde se tiene que indicar las cantidades que se le deben abonar; salario, los días de vacación que no han sido disfrutados, la proporcionalidad de las pagas extras independientemente de la forma del despido.
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