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La baja médica de los empleados del hogar ¿cómo tramitarla, quién y cuánto se paga?

baja empleadas del hogar
enero 20, 2020

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Actualización 2024: ¿Cuánto cuesta contratar a un cuidador de personas mayores en 2024?

En una relación laboral con los empleados del hogar pueden presentar diversas situaciones, por ello es bueno tener conocimientos previos para evitar malos entendidos y sanciones.

Una de las causas más comunes son las bajas médicas ¿Cuánto sabemos sobre ellas y cómo gestionarlas?

Recuerda, que los empleados del hogar tienen derecho a estar de baja médica y a percibir una prestación durante el tiempo que se encuentre de baja por incapacidad temporal.

En este post queremos explicarte todos los detalles a cómo proceder si tienes una situación de baja por enfermedad o accidente laboral.

¿Cómo debemos proceder para velar la salud del trabajador así como la gestión de la baja? Te lo explicamos a continuación:

La baja médica de los empleados del hogar

En primer lugar habrá que indicar cual es la causa de la baja médica y dentro del convenio de los empleados del hogar existen dos causas:

  1. Si la causa es por una cuestión laboral, denominado contingencias profesionales, por ejemplo un accidente laboral o una enfermedad ocasionada con motivo del trabajo se percibirá las siguientes cuantías:
  • El día de la baja se debe de percibir el salario íntegro.
  • Desde el día siguiente de la baja se percibe el 75% de la base reguladora. La base reguladora es la que aparece en la nómina y depende del salario del trabajador.
  • Es el trabajador que directamente tiene que pedir el pago directo a la mutua, el día siguiente a la fecha de la baja.
  1. Si es una cuestión común -denominado contingencias comunes-, por ejemplo un accidente no laboral, es decir fuera del horario de trabajo  o una enfermedad común como una gripe se percibirán el siguiente salario:
  • Del 1r al 3r día de la baja el cuidador no cobra  y tampoco se paga ninguna prestación.
  • Del 4º al 20º día, se cobra el 60% de la base reguladora, dependiendo directamente de la cotización.
  • El empleador paga la baja del 4º al 8º día.
  • Si la baja dura más de 8 días, el trabajador tendrá que pedir el pago directo a la mutua.
  • Del dia 21º hacia delante, se cobre el 75% de la base reguladora.
  • Si la baja es por contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral) es necesario haber cotizado, como mínimo, 180 días dentro de los 5 años anteriores.

Si el trabajador está sin contrato pones en riesgo su vida así como enfrentarte a importantes sanciones que podrás leer en nuestro Post anterior sobre los riesgos y sanciones por tener un empleado del hogar sin contrato.

Pasos a seguir:

Médico de Urgencias: La Salud es lo primero

La salud es lo primero, si el empleado del hogar ha sufrido un accidente laboral debes llamar al servicio de emergencias o la policía.

Cuando es un accidente laboral la familia debe rellenar y presentar a la empresa que tiene el seguro el volante de prestación de asistencia sanitaria

Especificar al ambulatorio que la trabajadora está en activo

El empleado del hogar debe brindar todos los datos de dónde trabaja, así se puede emitir la baja médica respectiva.

Es el médico de cabecera que define el tiempo de la baja. Recuerda que si el trabajador está de baja médica y a los días se reincorpora sin dar el alta respectiva será el empleador sancionado, por tanto tened muy en cuenta este detalle que muchos médicos de cabecera no lo especifican claramente.

Reincorporación al trabajo

Para reincorporarse a su puesto de trabajo, el empleado del hogar debe acudir su médico de cabecera para que este le dé el alta, caso contrario no puede trabajar hasta tener dicha alta. 

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